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Guía de Remisión
Última modificación
Mié, 20/11/2024 - 09:07
¿Quiénes están obligados?
Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.
Consulta de Emisores Electrónicos
Otros supuestos no considerados en el Padrón de Obligados
Actividad | Fecha de Obligación | Norma Legal | |
---|---|---|---|
Arrendamiento de inmuebles situados en el país | 01.07.2017 | R.S. N° 123-2017/SUNAT | |
A partir del 2017 Tener Ingreso anual = o > a 150 UIT | 01.11 del año siguiente a aquel en que se supera el referido monto. | R.S. N° 155-2017/SUNAT | |
Nuevos inscritos al RUC (2018)Afecto Régimen General, Especial o MYPE | Primer día calendario del 3° mes siguiente al de su inscripción | ||
Servicio de crédito hipotecario | 01.07.2018 o desde que deban emitir comprobante por el servicio mencionado | R.S. N° 245-2017/SUNAT | |
Exportación de bienes | A partir de 01/07/2018 Desde la primera operación de exportación a que se refiere el 2° y 3° párrafos y/o los numerales 2, 3 y 8 del 7° párrafo del artículo 33 de la Ley del IGV | R.S. N° 20-2018/SUNAT | |
Exportación de servicios | A partir de 01/01/2018 Desde la primera exportación a que se refiere el 5° párrafo y/o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33 de la Ley del IGV y solo respecto de esas operaciones Siempre que la SUNAT no lo obligo antes y se encuentren afecto Régimen General, Especial o MYPE. | R.S.N° 312-2017/SUNAT | |
Bajas de Oficio Bajo determinados supuestos | Desde su reactivación o afectación a tributos establecidos por la norma. | R.S.N° 246-2016/SUNAT | |
Emisión de Liquidación de Compra | 01.10.2018 | R.S.N° 317-2017/SUNAT | |
Emisores Electrónicos por Elección | Primer día calendario del 6to. mes, adquiere la calidad de emisor electrónico por determinación | R.S. N° 340-2017/SUNAT | |
Emisión de determinados Documentos Autorizados | 01.01.2019 | R.S.N° 318-2017/SUNAT | |
Postergación a los emisores electrónicos de la obligatoriedad de emitir facturas y boletas de venta electrónica en vez de documentos autorizados | 01.07.2019 01.01.2020 | R.S. N° 312-2018/SUNAT |
Actividad | Fecha de Obligación | Norma Legal | |
---|---|---|---|
Empresas que al 31.01.2020 prestan los servicios públicos de suministro de energía eléctrica y agua, así como el de distribución de gas natural por red de ductos. | 01.02.2020 | R.S. N° 206-2019/SUNAT | |
Fechas a tener en cuenta para la obligación de emitir comprobantes de pago electrónicos
Emisión Electrónica
Se convierte en emisor electrónico por designación, mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT, o por elección (cuando sin estar obligado emite comprobante de pago electrónico), verifica si te encuentras obligado.
Aquí te presentamos algunos supuestos no considerados en el Padrón:
Obligados | Fecha de obligación |
---|---|
Los nuevos inscritos al RUC a partir del 2018 | A partir del primer día calendario del tercer mes siguiente a su inscripción, siempre que se hayan acogido al Régimen General, MYPE o Especial. |
Los emisores electrónicos por elección (voluntarios). | A partir del primer día calendario del sexto mes siguiente a la emisión. |
Así también, se designó como emisores electrónicos según los ingresos anuales obtenidos al 31 de diciembre de 2019:
Monto de ingresos anuales | Fecha a partir de la cual debe emitir comprobantes de pago electrónicos | |
---|---|---|
Tipo de comprobante | Factura y notas electrónicas | Boleta de venta electrónica y/o ticket POS y notas electrónicas |
Mayores o iguales a 75 UIT | 01.01.2021 | 01.01.2021 |
Mayores o iguales a 23 UIT y menores de 75 UIT | 01.01.2022 | 01.04.2022 |
Menores a 23 UIT | 01.04.2022 | 01.06.2022 |
Tipos de sistemas de emisión electrónica de comprobantes de pago.
- Sistema de Emisión Electrónica desde el Portal de la SUNAT (SEE - SOL).
- Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente. Ingresa aquí.
- Sistema de Emisión Electrónica Facturador SUNAT. Ingresa aquí.
- Sistema de Emisión Electrónica del Operador de Servicios Electrónicos.Ingresa aquí.
- Sistema de Emisión Electrónica Empresas Supervisadas. Ingresa aquí.
Emisores Electrónicos por Cambio de Régimen
Si en el año 2020 un contribuyente deja de ser NRUS, debe emitir tus comprobantes de manera electrónica, de acuerdo con las siguientes fechas:
- 1 de setiembre del año 2021 para la emisión de facturas electrónicas y notas electrónicas vinculadas a estas.
- 1 de enero del 2022 para la emisión de boletas de venta electrónicas o tickets POS y notas electrónicas vinculadas a estos.
Para cumplir con dicha obligación puede utilizar cualquiera de los sistemas de emisión electrónica comprendidos en el SEE en los que se permita emitir factura electrónica, boleta de venta electrónica, el ticket POS y las notas electrónicas vinculadas a estos.
Comprende todas las operaciones por las que debe emitirse factura o boleta de venta, salvo aquellas operaciones por las que se le hubiere designado como emisor electrónico en otras resoluciones de superintendencia o si hubieran adquirido dicha calidad por elección.
En aquellos casos en los que la designación de emisores electrónicos se efectúe por tipo de operación, conducta o por cualquier otro supuesto distinto del monto de ingresos obtenidos, se aplica la resolución de superintendencia que efectúe dicha designación.
Emisores por ser proveedor de una Entidad Estatal
A partir del 01 de octubre del 2021, se designan como emisores electrónicos a aquellos que deben emitir facturas por operaciones con Entidades del Estado, y solo respecto de esas operaciones; siempre que la SUNAT no les haya asignado dicha calidad anteriormente y se encuentren acogidos al Régimen General o al Régimen Especial de la Ley del Impuesto a la Renta, o al Régimen MYPE Tributario.
La designación opera a partir del momento en que se debe emitir o se emita la factura respecto de esa operación realizada con la Entidad del Estado, lo que ocurra primero.
Normas Legales