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Mié, 20/11/2024 - 09:07

¿Quiénes están obligados?

Están obligados a la emisión de comprobantes de pago electrónicos los contribuyentes personas naturales o personas jurídicas que han sido designados como emisores electrónicos mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT.

 

Consulta de Emisores Electrónicos

Otros supuestos no considerados en el Padrón de Obligados

ActividadFecha de ObligaciónNorma Legal
Arrendamiento de inmuebles situados en el país01.07.2017R.S. N° 123-2017/SUNAT
A partir del 2017 Tener Ingreso anual = o > a 150 UIT01.11 del año siguiente a aquel en que se supera el referido monto.R.S. N° 155-2017/SUNAT
Nuevos inscritos al RUC (2018)Afecto Régimen General, Especial o MYPEPrimer día calendario del 3° mes siguiente al de su inscripción
Servicio de crédito hipotecario01.07.2018 o desde que deban emitir comprobante por el servicio mencionadoR.S. N° 245-2017/SUNAT
Exportación de bienesA partir de 01/07/2018 Desde la primera operación de exportación a que se refiere el 2° y 3° párrafos y/o los numerales 2, 3 y 8 del 7° párrafo del artículo 33 de la Ley del IGVR.S. N° 20-2018/SUNAT
Exportación de serviciosA partir de 01/01/2018 Desde  la  primera exportación a que se refiere el 5° párrafo y/o los numerales 4, 6, 9, 10, 11 y 12 del artículo 33 de la Ley del IGV y solo respecto de esas operaciones Siempre que la SUNAT no lo obligo antes y  se encuentren afecto Régimen General, Especial o MYPE.R.S.N° 312-2017/SUNAT
Bajas de Oficio Bajo determinados supuestosDesde su reactivación o afectación a tributos establecidos por la norma.R.S.N° 246-2016/SUNAT
Emisión de Liquidación de Compra01.10.2018R.S.N° 317-2017/SUNAT
Emisores Electrónicos por ElecciónPrimer día calendario del 6to. mes, adquiere la calidad de emisor electrónico por determinaciónR.S. N° 340-2017/SUNAT
Emisión de determinados Documentos Autorizados01.01.2019R.S.N° 318-2017/SUNAT
Postergación a los emisores electrónicos de la obligatoriedad de emitir facturas y boletas de venta electrónica en vez de documentos autorizados 

01.07.2019

01.01.2020

R.S. N° 312-2018/SUNAT

 

ActividadFecha de ObligaciónNorma Legal

Empresas que al 31.01.2020 prestan los servicios públicos de suministro de energía eléctrica y agua, así como el de distribución de gas natural por red de ductos.

01.02.2020R.S. N° 206-2019/SUNAT

 

Fechas a tener en cuenta para la obligación de emitir comprobantes de pago electrónicos

Emisión Electrónica

Se convierte en emisor electrónico por designación, mediante Resolución de Superintendencia emitida por la SUNAT, o por elección (cuando sin estar obligado emite comprobante de pago electrónico), verifica si te encuentras obligado.

Aquí te presentamos algunos supuestos no considerados en el Padrón:

Obligados

Fecha de obligación

Los nuevos inscritos al RUC a partir del 2018

A partir del primer día calendario del tercer mes siguiente a su inscripción, siempre que se hayan acogido al Régimen General, MYPE o Especial.
Los emisores electrónicos por elección (voluntarios).A partir del primer día calendario del sexto mes siguiente a la emisión.

Así también, se designó como emisores electrónicos según los ingresos anuales obtenidos al 31 de diciembre de 2019:

Monto de ingresos anuales

Fecha a partir de la cual debe emitir comprobantes de pago electrónicos

Tipo de comprobante

Factura y notas electrónicas

Boleta de venta electrónica y/o ticket POS y notas electrónicas

Mayores o iguales a 75 UIT

01.01.2021

01.01.2021

Mayores o iguales a 23 UIT y menores de 75 UIT

01.01.2022

01.04.2022

Menores a 23 UIT

01.04.2022

01.06.2022

Tipos de sistemas de emisión electrónica de comprobantes de pago.

  • Sistema de Emisión Electrónica desde el Portal de la SUNAT (SEE - SOL).
  • Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente. Ingresa aquí.
  • Sistema de Emisión Electrónica Facturador SUNAT. Ingresa aquí.
  • Sistema de Emisión Electrónica del Operador de Servicios Electrónicos.Ingresa aquí.
  • Sistema de Emisión Electrónica Empresas Supervisadas. Ingresa aquí.
 

Emisores Electrónicos por Cambio de Régimen

Si en el año 2020 un contribuyente deja de ser NRUS, debe emitir tus comprobantes de manera electrónica, de acuerdo con las siguientes fechas: 

  • 1 de setiembre del año 2021 para la emisión de facturas electrónicas y notas electrónicas vinculadas a estas.
  • 1 de enero del 2022 para la emisión de boletas de venta electrónicas o tickets POS y notas electrónicas vinculadas a estos.

Para cumplir con dicha obligación puede utilizar cualquiera de los sistemas de emisión electrónica comprendidos en el SEE en los que se permita emitir factura electrónica, boleta de venta electrónica, el ticket POS y las notas electrónicas vinculadas a estos. 

Comprende todas las operaciones por las que debe emitirse factura o boleta de venta, salvo aquellas operaciones por las que se le hubiere designado como emisor electrónico en otras resoluciones de superintendencia o si hubieran adquirido dicha calidad por elección.

En aquellos casos en los que la designación de emisores electrónicos se efectúe por tipo de operación, conducta o por cualquier otro supuesto distinto del monto de ingresos obtenidos, se aplica la resolución de superintendencia que efectúe dicha designación.

Emisores por ser proveedor de una Entidad Estatal

A partir del 01 de octubre del 2021, se designan como emisores electrónicos a aquellos que deben emitir facturas por operaciones con Entidades del Estado, y solo respecto de esas operaciones; siempre que la SUNAT no les haya asignado dicha calidad anteriormente y se encuentren acogidos al Régimen General o al Régimen Especial de la Ley del Impuesto a la Renta, o al Régimen MYPE Tributario.

La designación opera a partir del momento en que se debe emitir o se emita la factura respecto de esa operación realizada con la Entidad del Estado, lo que ocurra primero.

Normas Legales

Se regula la incorporación obligatoria de emisores electrónicos en los sistemas creados por las Resoluciones de Superintendencia N°182-2008/SUNAT y N°097-20121SUNAT y se designa al primer grupo de ellos.

Establecen nuevas fechas de obligación para la emisión electrónica de comprobantes de pago a partir del 2021. 

Modifican el Reglamento de Comprobantes de Pago, designan emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica y Establecen nueva fecha en que se cumple con lo dispuesto en la primera disposición complementaria final del Decreto Supremo N.° 100- 2020-PCM.

Modifican la Resolución de Superintendencia N° 279-2019/SUNAT que designa emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica.