Última modificación
Jue, 15/06/2023 - 11:57

Módulo que se puede acceder a través de este sistema, del aplicativo cliente SIRE y/o del servicio web API SUNAT, el cual permite acceder a la propuesta de RCE hasta generar el preliminar del RCE. Asimismo, se puede agregar o excluir operaciones según corresponda.

a.    Esquema de generación: 

cp

b.    Propuesta de RCE:

A partir del segundo día calendario de cada mes, la SUNAT pone a disposición, a través del módulo RCE, un archivo plano con la propuesta de RCE de ese mes, que contiene la información señalada en el anexo N.° 8 de la RS 040-2022/SUNAT, relativa a los comprobantes de pago, notas de débito y de crédito u otros documentos indicados en la columna “Información de la propuesta” de la tabla 11 del anexo N.° 1 de la mencionada resolución, que se haya recibido del emisor mediante el envío de ejemplares, declaraciones juradas informativas y comunicaciones de baja, del generador o que haya generado la SUNAT.

Tal propuesta:

  • Considera incluso aquello que el sujeto excluyó de la propuesta del mes anterior, teniendo en cuenta la normativa del IGV.

  • Puede presentarse en blanco, en caso la SUNAT no haya recibido ni generado la mencionada información.

  • Por defecto, ubica información en un determinado campo o llena un campo con determinada información.

  • En ningún caso considera aquello que únicamente debe obrar en el archivo de información relativa a documentos de no domiciliados, correspondiendo su incorporación por parte del sujeto.

Dicha propuesta se actualiza diariamente de manera automática con la información recibida o generada el día anterior, debiendo seguirse las indicaciones del sistema para efecto de su actualización con la información recibida o generada en el día, para lo cual debe ubicarse en el módulo RCE la opción prevista para este fin. El archivo plano que contiene la propuesta de RCE también señala las inconsistencias que se detectan en la información que obra en la propuesta e información adicional con la que cuenta la SUNAT. Dichas inconsistencias e información adicional tienen carácter meramente ilustrativo y no forman parte del mencionado registro, lo cual se indica expresamente en aquel anexo. 

También pueden acceder al archivo plano de la propuesta de RCE todos los sujetos obligados a llevar el Registro de Compras que no tienen la calidad de generadores, para efecto de consultarlo, desde el periodo octubre de 2022.

El módulo RCE proporciona al generador la opción de comparar la propuesta de RCE con la información con la que aquél cuenta para lo cual debe cargar esta información en un archivo plano conforme a la estructura y reglas señaladas en el anexo N.º 11 de la RS 040-2022/SUNAT. 

Una vez que se muestra el estado “atendido”, en caso se realice la carga a través de SUNAT Operaciones en Línea o del aplicativo cliente SIRE, o, si se emplea el servicio web API SUNAT, se cuente con el ticket con ese estado y el Reporte de información recibida - Servicio web API SUNAT respectivo, se genera el reporte que detalla las diferencias entre ambos archivos. 

Dicho reporte tiene carácter meramente ilustrativo y no forma parte del RCE. De no cumplirse con la estructura y reglas antes indicadas, se señala aquello que se incumplió luego de mostrarse el estado “rechazado” o contar con un ticket con ese estado, según sea el caso.

PROPUESTA

c.    Generación preliminar del RCE

A partir del octavo día calendario del mes siguiente al período respectivo, o, si la propuesta pertenece a un emisor de recibos electrónicos por servicios públicos emitidos en el Sistema de Emisión Electrónica para empresas supervisadas, desde el décimo día calendario de dicho mes, el generador puede generar el preliminar del RCE, para lo cual puede:

•    Aceptar la propuesta de RCE:  
  • Sin ninguna modificación respecto de la información que obra en esta y que formará parte de dicho registro, siguiendo las indicaciones del módulo RCE, a través de SUNAT Operaciones en Línea, del aplicativo cliente SIRE o del servicio web API SUNAT.

  • Luego de excluir uno o más documentos, salvo notas de crédito, lo que solo se puede hacer en el módulo RCE, a través de SUNAT Operaciones en Línea o del aplicativo cliente SIRE, siguiendo las indicaciones de estos.

  • Aceptada la propuesta y de no tener información relativa a documentos de no domiciliados por registrar u optar por no registrarla en el periodo, se genera a continuación el preliminar del RCE. Cuando se incluya información relativa a documentos de no domiciliados se debe tener en cuenta lo indicado más adelante. 

•    Complementar la propuesta de RCE si va a:
  • Incluir determinada información respecto de documentos comprendidos en la propuesta de RCE, o modificar o reubicar la información. A tal efecto, se debe usar la opción que le permita incorporar, modificar o reubicar la información pertinente de cada documento directamente en el formulario que obre en el módulo RCE o incluir, modificar o reubicar la información de uno o más documentos utilizando un archivo plano que cumpla con la estructura y reglas indicadas en los anexos N°s 8 o 10 de la RS 040-2022/SUNAT, según corresponda. 

  • Incluir documentos que se pueden complementar, para lo cual debe usar la opción que le permita incorporar la información pertinente de cada documento directamente en el formulario que obre en el módulo RCE o en un archivo plano que cumpla con la estructura y reglas indicadas en el anexo N.° 8. 

  • Excluir uno o más documentos que obran en la propuesta, salvo notas de crédito, usando para ello la opción que le permita excluir el(los) documento(s) directamente en el formulario que obre en el módulo RCE o un archivo plano que cumpla con la estructura y reglas indicadas en el anexo N.° 8. 

Se puede usar el mismo archivo plano a fin de realizar las acciones descritas anteriormente; sin embargo, si además se requiere complementar información comprendida en el anexo N.° 10, esta debe enviarse en un archivo plano distinto. 

•    Reemplazar la propuesta de RCE:

Para modificarla o añadir incluso información que, según la tabla 11 del anexo N.° 1, no puede ser considerada al complementar la propuesta, usando un archivo plano que cumpla con la estructura y reglas señaladas en el anexo N.° 11, el cual también se puede dejar en blanco de no tener información por registrar u optar por no registrarla en el período.

De corresponder, al aceptar, complementar o reemplazar la propuesta de RCE, es posible incluir, usando la opción respectiva, la información relativa a documentos de no domiciliados en un archivo plano que cumpla con la estructura y reglas indicadas en el anexo N.° 9. Si el generador opta por aceptar la propuesta de RCE e incluir información relativa a documentos de no domiciliados o por complementar o reemplazar la propuesta de RCE, se puede cargar o excluir la información directamente en el formulario que obra en el módulo RCE, salvo cuando se utilice el servicio web API SUNAT, y/o en el(los) archivo(s) plano(s) correspondiente(s). En caso se emplee(n) archivo(s) plano(s), dicho módulo muestra el estado “atendido”, en caso se realice la carga a través de SUNAT Operaciones en Línea o del aplicativo cliente SIRE, o, si se emplea el servicio web API SUNAT, se contará con un ticket con ese estado y el Reporte de información recibida - Servicio web API SUNAT respectivo. A continuación, se puede generar el preliminar del RCE. Además, se muestra, con carácter meramente ilustrativo y no formará parte del RCE, de ser el caso, un reporte con las inconsistencias que se obtengan a partir de la complementación de la propuesta o del reemplazo de esta. De no cumplirse con la estructura y reglas señaladas en los anexos N.° 8, 9, 10 y/u 11, según corresponda, se muestra el estado “rechazado” o se cuenta con un ticket con ese estado y se detalla aquello que se incumplió.

d.    El preliminar del RCE esta compuesto por dos archivos:

  • Uno que contiene la información relativa a documentos de no domiciliados. 

  • Otro que contiene la demás información, incluida aquella adicional que, tal como se indica en el numeral 8-A.1.1. del párrafo 8-A.1., no forma parte del RCE y se proporciona únicamente con fines informativos.

Con anterioridad a la generación del RCE y/o la anotación de información en dicho registro conforme a lo establecido en el párrafo 8-A.3., el generador puede generar un nuevo preliminar del RCE, eliminando previamente el que ya hubiera generado.
 

GENERAR

 

e.    Agregar Comprobantes a la propuesta del RCE:

Función que consiste en adicionar información de comprobantes de pago de manera individual para complementar la propuesta del RCE.

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Al seleccionar la función Agregar se muestra en la pantalla el siguiente cuadro para adicionar la información de un nuevo comprobante de pago.

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