Última modificación
Vie, 06/10/2023 - 11:23

A. SITUACIÓN HASTA EL PERIODO JUNIO DE 2023

Coexistencia de tres sistemas para la generación de los registros electrónicos:

  • Sistema de llevado de libros y registros electrónicos (SLE-PLE), R.S. N.° 286-2009/SUNAT, aplicativo SUNAT que el contribuyente descarga, a través del cual genera los registros de ventas e ingresos y de compras cargando un archivo plano (txt) y envía un resumen de los mismos a la SUNAT. Conserva el contribuyente.
  • Sistema de llevado del registro de ventas e ingresos y de compras de manera electrónica en SUNAT Operaciones en Línea (SLE-Portal), R.S. N.° 066-2013/SUNAT, en el cual el contribuyente genera los registros de ventas e ingresos y de compras directamente en el ambiente SOL. Conserva la SUNAT. 
  • Módulo Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (Módulo RVIE), R.S. N.° 112-2021/SUNAT, que permite la generación del RVIE a partir de la propuesta mostrada por la SUNAT. Propuesta que puede ser complementada o reemplazada por el contribuyente. Conserva la SUNAT. 154 contribuyentes obligados desde el periodo noviembre 2021.

 

B. SITUACIÓN DEL PERIODO JULIO A DICIEMBRE 2023

Coexistencia de tres sistemas para la generación de los registros electrónicos:

  • SLE-PLE
  • SLE-Portal
  • Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE), R.S. N.° 040-2022/SUNAT, para el llevado del registro de ventas e ingresos electrónico (RVIE) y el registro de compras electrónico (RCE), a través de los módulos que lo integran:
    • Módulo Registro de Ventas e Ingresos Electrónico - RVIE
      • Aprobado por la R.S. N.° 112-2021/SUNAT, vigente desde 1.11.2021 e incorporado al SIRE mediante R.S. N.° 040-2022/SUNAT.
      • 154contribuyentes obligados desde período noviembre 2021.
    • Módulo Registro de Compras Electrónico -  RCE
      • Aprobado por la R.S. N.° 040-2022/SUNAT y modificatoria R.S. N.° 190-2022/SUNAT, vigente desde 1.7.2023.
      • ​​​​​​​154 contribuyentes que vienen llevando el RVIE obligados desde período julio 2023.

 

C. SITUACIÓN A PARTIR DEL PERIODO OCTUBRE 2023

Contribuyentes del RER y MYPE Tributario que al 30/09/2023 estén obligados a utilizar el Sistema de Libros Electrónicos (PLE o Portal)

 

D. SITUACIÓN A PARTIR DEL PERIODO ENERO 2024

Para los demás contribuyentes obligados a llevar el registro de ventas e ingreso y de compras, según lo establecido en la Ley del IGV.